El Poder Ejecutivo, por decreto 106/26, prorrogó hasta el 31 de mayo de 2027 el plazo para que las personas trabajadoras puedan solicitar ante el BPS el reconocimiento de actividades laborales realizadas antes del 1º de abril de 1996 que aún no hayan sido declaradas. La medida busca garantizar que quienes estén comprendidos en esta disposición cuenten con el mayor tiempo posible para ejercer ese derecho, en el marco del principio de coordinación y unidad de la seguridad social.
La disposición está vinculada al artículo 77 BIS de la Ley 16.713, incorporado posteriormente en la reforma previsional establecida por la Ley 20.130. El BPS solicitó esta nueva prórroga al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social debido a que la implementación de la reforma previsional ha requerido un importante esfuerzo operativo y tecnológico para adaptar procesos y sistemas informáticos.
La normativa ya establecía plazos escalonados según la edad que las personas tenían al 1.º de junio de 2023. En el caso de quienes tenían 60 años o más, el trámite debía realizarse dentro de los dos años siguientes a esa fecha. En mayo de 2025 dicho plazo fue extendido por un año, y ahora se resolvió otorgar una nueva prórroga debido a que aún existe un número importante de personas que no realizaron la solicitud mencionada.
El sistema de plazos continuará aplicándose de forma gradual según la edad. Primero corresponde a quienes tenían 60 años o más al 1º de junio de 2023; luego a las personas de entre 55 y 59 años; después a quienes tenían entre 50 y 54 años; y finalmente a las menores de 50 años, contando cada grupo con un período de dos años a partir de la finalización del plazo del grupo anterior.

Leave a Reply