«Amnistia» para impuestos en Maldonado

Se pueden tramitar hasta el 30 de junio facilidades para deudores de ciertos tributos, ya sea de forma on line o presencial en la Intendcia de dicho departamento o en los municipios, bajo lo estipulado en el decreto de la Junta Departamental No 4105/2025.

Las solicitudes habilitadas son las del ejercicio 2025, verificando las condiciones necesarias.

Lo que incluirá será la deuda, excluidas las multas y recargos, actualizada por el Índice de Precios al Consumo (IPC), desde el día del vencimiento hasta el 31 de diciembre del ejercicio inmediatamente anterior a la fecha de la concreción del pago contado o suscripción del convenio. El saldo resultante se convertirá a Unidades Indexadas a esa misma fecha. Los distintos modos de beneficio se detallan en el referido decreto, pero para todos los casos se establece que el incumplimiento en el pago de 3 cuotas consecutivas hará caer la financiación otorgada de pleno derecho, restableciéndose los montos adeudados a sus valores originales, con las multas y recargos que correspondieren.

Para los casos del Ejercicio en curso, su actualización será desde el vencimiento a la fecha de la concreción del pago contado o suscripción del convenio, no aplicándose a dicho ejercicio las bonificaciones establecidas en el decreto.

En el caso de la Contribución, de ser de forma online se debe agregar el formulario elecrónico que surge en la web, agregando documento de identidad, título de propiedad con su inscripción, certificados notariales con vigencia de seis meses.

En caso de derechos posesorios sin sentenia, deberan presentarse por expediente agregando toda la documentacion probatoria de su posesion, para ser evaluado y resuelto por la comisión especial creada a esos efectos en base a las resoluciones No 04394/2022 y 4420/2022.

Para el caso de los demás tributos debe hacerse a traves del formulario «varios» que surge de la web. Se incluyen tmbién impuestos como precios y otros ingresos públicos, excluidos solamente los impuestos creados y fijados por Ley Nacional, como Contribución Inmobiliaria Rural e Impuesto a los Remates y Semovientes.

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