Pit-Cnt pide derogación de ley que regula el trabajo en plataformas digitales

Pit-Cnt pide derogación de ley que regula el trabajo en plataformas digitales

La central sindical expresa que dicha ley fue cuestionada por la oposición, UdelaR, trabajadores organizadores Uber, académicos independientes y que no se analizó en el Consejo Superior Tripartito.

El argumento de que haya sido criticada por la oposición, no resulta de recibo ya que al haber alcanzado la mayoría parlmentaria para formar parte de nuestro orden jurídico, es suficiente argumento para que permanezca en él, siendo que no confronta otras normas y prinipios de nuestro país. De lo contrario, deberíamos revisar muchas leyes porque la oposición, sea cual sea no está de acuerdo, omitiendo así, aspectos de la democracia, además de no acatar la Constitución en cierta forma. ¿Para qué existe un procedimiento de creación de la ley, si aún cumpliéndolo se va a pedir que se derogue a los días de haberla promulgado, sin siquiera haberla aplicado casi?

Máxime que justo cambia la integración legislativa, entonces, teniendo ahora más legisladores de la ex oposición, es evidente que habría grandes chances de que se derogara, no pueden estar revisándose todas las leyes de anteriores períodos sistemáticamente, ya que nos daría una inseguridad e inestabilidad jurídica sin sentido.

Además la ley trata de algunos derechos reconocidos, por lo cual se estarían derogando derechos adquiridos, lo cual no resulta justo.

En relación a los demás opositores, es normal y hasta sano para un Estado que hayan opiniones diversas, que puedan aportar y mejorar el cuerpo normativo existente.

Lo que pretende el Pit – Cnt es que se regule conforme a la figura de transporte de bienes y mercaderías, lo funda en la tendencia mundial a seguir esta corriente. Entiende que la ley no es proteccionsta de los trabajadores, y da a entender que puede redundar en abuso a la hora de negociar con la empresa. Sin embargo la ley establece que se designará un encargado para discutir y aclarar cambios en las condiciones de trabajo. Es entendible que pueda creerse que este, al estar designado por la empresa, sea casi lo mismo de que no estuviera, pero entonces el camino más acertado es modificar la designación de esta figura.

Como en muchos temas, más los novedosos como es este, requieren una aplicación primaria de las leyes al respecto, y mejorarlas luego en base a los problemas prácticos que van surgiendo, emitir decretos o leyes que aclaren, modifiquen, que diriman las diferencias y dificultades. Pretender derogar una ley recién promulgada resulta bastante tajante, tira por la borda alevosamente el trabajo de los legisladores, cuando tal vez, aplicar esta ley puede incluso arrojar luz sobre otras cuestiones no advertidas por el Pit- Cnt, que pueden servir para mejorar el proyecto que ellos tengan.

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