Por resolución Nº 340/2025 la Dirección General de los Servicios Administrativos dispuso que a partir del lunes 17 de marzo del corriente, tales juzgados funcionarán en régimen de doble horario, es decir matutino de 09:00 a 14:00 hs, y vespertino de 13:00 a 18:00 hs. Los que atenderán de mañana serán los de 1º, 2º, 5º, 7º, 8º y 11º Turno, y en la tarde los de 3º, 4º, 6º, 9º, 10º y 12º Turno.
Como fundamento de la decisión, el documento establece que «sin perjuicio de ulteriores adaptaciones, es que se ha concluido que la medida inmediata para poder transitar un proceso de cambios, siempre en beneficio de los operadores y en particular de los usuarios», es la adoptada.
Asimismo se menciona que «en 18 meses quedaría habilitada la obra del nuevo Centro de Justicia destinado a los Juzgados de Género, que se generarán con la transformación de los actuales de Familia Especializada, y que por ende, toda la organización administrativa deberá ajustarse a esta nueva normativa legal», resultando oportuno «empezar el proceso de adecuación para efectivamente analizar su eficiencia, y de no serlo, buscar alternativas».
Doble horario de Juzgados de Familia Especializada

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