A través de la comisión especial de equidad y género, quien consideró y aconsejó la aprobación del proyecto de ley presentado, transformado ahora en Ley No 20.375, se puso sobre la mesa la temática de la falta de recursos de algunas mujeres para acceder a productos de higiene femenina para el período menstrual.
El acceso a productos sanitarios es absolutamente esencial, el no acceso inhabilita a la persona su participación en actividades cotidianas, tanto a nivel educacional como laboral, generándose entonces, un factor grave de desigualdad. Además de las implicancias a nivel social que la falta de estos artículos significa, acrecentando cuando el dinero del hogar lo maneja el hombre y es escaso, si no le brinda fondos para este fin, no puede acceder, fomentando la desigualdad que se mencionaba.
Si bien en Uruguay no existen estadísticas oficiales de ausentismo por este factor, a nivel internacional, según el banco mundial alcanza del 10 a 20% en lo que respecta a lo educativo.
Según la exposición de motivos, las mujeres ganan un 23% menos que los hombres, por lo que se genera una discriminación a quienes deben afrontar la desventaja del costo de estos productos. Cabe destacar que nuestro país tiene un costo de vida caro, a lo cual no escapan estos productos, siendo de un costo bastante elevado. En caso de quienes ni siquiera pueden acceder a estos productos, o lo hacen de manera esporádica, se ven obligadas a utilizar métodos indignos y antihigiénicos, arriesgando su salud.
Por lo que la mencionada ley establece faculta al Poder Ejecutivo a crear la canasta higiénica menstrual, como una prestación a cargo del Ministerio de Desarrollo Social, cuyas destinatarias serán todas las personas menstruantes cuyos hogares sean beneficiarios de la Tarjeta Uruguay Social.
Dicha canasta consistirá en una partida dineraria mensual que se acreditará a través de la Tarjeta Uruguay Social y tendrá como único destino la adquisición de los productos de higiene femenina mencionados. El Poder Ejecutivo fijará el monto de la prestación, garantizando que sea el suficiente para cubrir las referidas necesidades de las beneficiarias.
De modo que luego de esta nueva normativa, se minimiza la desigualdad que este aspecto genera, formando parte de una canasta básica para quienes lo necesitan.
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