Emergencia nacional carcelaría

Emergencia nacional carcelaría

Se presentó por parte del sindicato de operadores penitenciarios, un recurso de hábeas corpus contra el Instituto Nacional de Rehabilitación (INR), con el fin de que la situación que denuncian cese, refiriéndose a tratos contrarios a los derechos humanos básicos. Pretendiendo que el Poder Ejecutivo catalogue la situación como emergencia nacional, dándole así el trato que merece, pudiendo acceder de manera rápida a recursos económicos y humanos, pretendiendo como fin garantizar estos derechos para esta parte de la población.

Según denuncian, surge del informe del Comisionado Parlamentario, se trata de situaciones que ocurren en todas las cárceles de país, exceptuando donde se encuentran los privados de libertad por causa de los crímenes de lesa humanidad referentes al período de facto de este país, enfatizando en el resto, el hacinamiento. 

Dicho informe expresa que casi la mitad de la población carcelaria cumple su pena en condiciones inhumanas.

El recurso de hábeas corpus regulado en nuestro ordenamiento jurídico en la Ley No 16.893, art. 360 y siguientes, se define en lo que a este tema concierne como la acción de amparo relativa a la protección de la persona privada de libertad contra torturas y otros tratamientos o condiciones de reclusión violatorias de la dignidad del hombre. Por lo que se encuentra dentro de los presupuestos de la norma según la situación que denuncian.

El fin buscado es en relación a lo expresado en el art. 366.2. de la misma ley, que la sentencia sea favorable a la demanda y ordene el cese de los actos, debiendo la autoridad a la que se dirige, cumplir de inmediato con el fallo, y que se dé cuenta a quien corresponda de las responsabilidades penales o administrativas a que hubiere lugar por los actos lesivos.

Mundialmente el problema de hacinamiento en cárceles y poco presupuesto es muy común, situación que no ha sido diferente en nuestro país, si bien en algunos sectores de ciertas cárceles ha mejorado, no es el común denominador. Resulta esta acción, un camino jurídico muy acertado desde el punto de vista teórico y de manera que obligue a destinar recursos tanto financieros como humanos a las cárceles, con un excelente fin ya que nadie merece tratos inhumanos y los derechos humanos deben ser cumplidos para todos. Pero como contrapartida puede des balancear otros tópicos en los que estaban destinados dichos recursos, por lo que deberá hacerse un nuevo análisis y re organización de los mismos.

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