Proyecto Neptuno en Arazatí

Proyecto Neptuno en Arazatí

Este proyecto consiste en construir una planta potabilizadora en San José, utilizando el Río de la Plata como fuente de agua para abastecer el área metropolitana de Montevideo. 

El Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil Recarey que tanto sonó en la época de la pandemia por el fallo sobre los niños y las vacunas, y otros fallos polémicos, en junio de este año ordenó la suspensión de la construcción del proyecto, entendiendo que podría ser una privatización parcial del suministro de agua potable, ya que el que diseñe, construya y mantenga la infraestructura de toma de agua bruta del Río de la Plata, su análisis inicial, su potabilización, y finalmente su traslado será privado, fundándose en que podría ser una contravención al artículo 47 de la Constitución. Otro argumento fue que podría servir a la población de la zona metropolitana con agua de menor calidad, y dispuso la medida cautelar de no innovar solicitadas por la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida, y por la organización Tucu Tucu, debiendo entonces suspender las obras y que OSE no suscribiera el contrato con el consorcio de Aguas de Montevideo.  

Fallo que fue apelado agraviándose OSE en que luego de una de las peores sequías de la historia de nuestro país, es fundamental este proyecto, por lo que a pesar de la suspensión, el gobierno siguió avanzando en él y publicó un informe ambiental al respecto. Desde el Ministerio de Ambiente se expresó que los estudios ambientales continuaban dada la posibilidad de que generara decenas de impactos.

El fallo de segunda instancia se basa en que el Consorcio de Aguas tenía legitimación activa en este reclamo, contrario a lo que falló el Juez de Primera Instancia, que adoptó la medida sin noticia a dicha parte, violando entonces el debido proceso. Respecto a los otros litigantes al habérsele dado noticia, no se vio afectada la decisión. Asimismo el Tribunal de Apelaciones entendió que este Juez debe ser apartado del caso por prejuzgamiento, tanto del proceso cautelar como del principal y habilitó la firma del acuerdo mencionado, revocando la medida cautelar dispuesta.

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